Valor de la pensión
Nueva Tabla de Pensiones Alimenticias del 2020, fue publicada por el MIES de acuerdo a el nuevo Salario Básico Unificado.
Como lo señala el Código de la Niñez y Adolescencia, el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) expide cada año la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas para garantizar las necesidades básicas de niñas, niños y adolescentes, por parte de sus padres, madres o apoderados/as. La tabla entró en vigencia a partir del Acuerdo Ministerial No. 011, emitido el 28 de enero de 2020.
Mediante la tabla, juezas y jueces de la familia, niñez y adolescencia establecen el monto mínimo de referencia de la pensión de alimentos que puede solicitar la o el demandante de este derecho para sus hijos e hijas. El cálculo de la pensión se realiza con base al Salario Básico Unificado 2020 fijado en 400 dólares.
Niveles de la tabla
La tabla está compuesta por 6 niveles, que determinan el porcentaje que deberá pagar el alimentante de acuerdo a sus ingresos y el número de hijos e hijas. Por ejemplo, si solicita una pensión de alimentos para su hija o hijo menor a 2 años y el alimentante recibe un salario básico unificado, de acuerdo a la tabla deberá destinar el 28.13% de ese salario ($ 112.52) al pago de la pensión; si la edad de su hija o hijo es de 3 años en adelante, el alimentante deberá destinar el 29.50% de ese salario básico ($ 118).
Para este año, el MIES estableció que en la pensión alimenticia para niñas, niños y adolescentes con discapacidad moderada, grave y muy grave, el alimentante deberá destinar el 28.13% de ese salario ($ 112.52) más el 4.56% ($ 18.23), en total $ 130.75, si recibe el salario básico unificado.
Porcentaje para hijos con discapacidad grave
Nueva Tabla de Pensiones Alimenticias del 2020
Para niñas, niños y adolescentes con discapacidad grave el porcentaje será más el 5.23% ($ 20.91) y para discapacidad muy grave más el 6.63% ($ 26.52). El propósito es cubrir la rehabilitación y ayudas técnicas (medicina, controles médicos, atención y cuidados) que deben recibir las niñas, niños o adolescentes con discapacidad.
De acuerdo al Código de la Niñez y Adolescencia, las niñas, niños y adolescentes, desde los 0 hasta los 18 años, tienen derecho a recibir una pensión de alimentos. Esta obligación se extiende por un tiempo adicional en el caso del estudiante universitario hasta que cumpla 21 años.
Importante:
En el caso de las mujeres embarazadas, el artículo 148 del mencionado Código, señala que tienen derecho, desde la concepción, a una pensión que cubra la atención de las necesidades de la madre gestante.
Nota:
La ciudadanía puede acceder a la Tabla de Pensiones Alimenticias mínimas 2020 a través de la página web del MIES: www.inclusion.gob.ec
TEMAS QUE TE PUEDE INTERESAR:
FECHA PARA CAMBIAR A SU HIJO DE FISCAL A FISCAL (2020)
Estos son los nuevos montos de las pensiones alimenticias para 2020
FUENTE Y CRÉDITOS:
MIES
4 comentarios en «Nueva Tabla de Pensiones Alimenticias del 2020»